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ADMISIÓN CURSO 2020/2021
Según establece el DECRETO LEY 2/2020, de 3 de abril, de medidas urgentes, en el ámbito de la educación, de la cultura y del deporte, para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por la Covid-19. [2020/2818]
CAPÍTULO II
Medidas extraordinarias y específicas del procedimiento de admisión del alumnado e inicio de curso 2020-2021. Artículo 5. Tramitación electrónica del procedimiento de admisión a las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica, Formación Profesional de Grado Medio y Formación Profesional de Grado Superior
- El procedimiento de admisión a las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica, Formación Profesional de Grado Medio y Formación Profesional de Grado Superior para el curso 2020/2021 se tramitará de forma electrónica. La Administración educativa habilitará puntos de atención al usuario para aquellas personas que no disponen de medios electrónicos.
- Cada persona solicitante formulará una única solicitud que contendrá una declaración responsable de cada una de las circunstancias requeridas para la admisión.
- En el momento de formular la solicitud no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas. (Que en caso de conseguir plaza, será aportada en el momento de la matrícula y cuya falsedad ocasionará la pérdida de la plaza conseguida en el proceso de admisión).
- Los resultados en los procesos de admisión en los centros docentes sostenidos con fondos públicos se comunicarán a través de la sede electrónica de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
- La formulación de reclamaciones al resultado provisional y definitivo de admisión del alumnado se realizará por medios electrónicos.
- En el procedimiento de admisión a los centros docentes sostenidos con fondos públicos las personas interesadas tendrán que usar los siguientes sistemas de verificación de identidad a fin de formular la solicitud de admisión:
- Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV).
- Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve.
- eDNI, con su respectivo lector.
- Combinación del DNI y IDESP o número de apoyo, junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior
- Combinación del NIE y IXESP, junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior.
- Número de Certificado de Registro de Ciudadanía de la Unión Europea, precedido por la letra C, junto con la aceptación de comprobación ante el Ministerio del Interior.